Eneste caso la cuota de autónomos sólo sería deducible para el socio/administrador. Con esta práctica se intenta sortear el ingreso a cuenta a realizar por la retribución en especie pero corre el riesgo de que sea exigido en caso de inspección junto con las sanciones e intereses de demora correspondientes.
Pagodelegado nunca!, la AEAT no admite eso, si lo pilla es retribución en especie a añadir al bruto. Nómina incluyendo además de su salario otra línea con la retribución en especie, su descuento por ser en especie y además añade a la base de la retención o ingreso a cuenta por IRPF. Contablemente tendras Pago del autónomo por
Untema a tener en cuenta en las sociedades mercantiles es quién paga los autónomos del administrador societario. Sobre este tema nos ha llegado una consulta en la que nos preguntan si es posible que la sociedad se haga cargo del pago de la cuota de autónomos o ha de ser el propio administrador quien los satisfaga: Somos tres socios 28Ene 2014. #1. Con esto del cambio a la hora de cotizar en el tema de los salarios en especie tengo una duda: Administradores de una sociedad y que cotizan por autónomos. En la nómina se incluye como salario en especie la cotización por autónomos (que paga la sociedad). ¿Con la nueva reforma en lo relativo a los salarios en especie como Setrata de un Administrador societario cuya cuota al Régimen Especial de Autónomos (RETA) es abonada por la empresa. Ahora se pretende incluir dicho Siuna sociedad paga las cuotas del seguro de autónomos (RETA) del administrador de la misma, declarando la sociedad en el modelo 190 el importe del pago de las cuotas del RETA como retribución en especie del administrador, se pregunta si puede dicho administrador deducir en su declaración de IRPF el importe de las cuotas Encaso de que el cargo de administrador se lleve a cabo de forma gratuita o sin nómina, la empresa no podrá deducirse el gasto y tendrá que asumirlo el administrador. Aunque, la mejor opción es incluir la cantidad de la cuota de autónomos en la nómina para que el cupón lo pague el administrador. De esta forma, el gasto será Retribuciónde los socios trabajadores. 15 / 09 / 2014 | Blog SIGA. Espacio Tributario. Francisco Soto Balirac. Se acabó la discusión. Si usted es autónomo y participa en una sociedad que presta servicios profesionales, lo que cobre de ella por la realización de su trabajo lo será en concepto de rendimientos de actividades económicas. Elimporte total de retribución es de 4200 Euros, en especie, que no tiene retención. Te sugiero que hagas lo siguiente: 1) Rellena modelo 111, indicando esa retribución en ESPECIE (fíjate bien en la casilla), y sin poner retención. El modelo te saldrá negativo, no tienes que ingresar nada, pero al presentar fuera de plazo de forma Elpago de dichas cuotas por la sociedad mercantil a sus administradores habrá de calificarse como retribución del trabajo en especie, de donde deriva la obligación de efectuar un ingreso a Eneste sentido, las cuotas del RETA satisfechas por la sociedad mercantil al administrador de la misma tendrán la consideración de retribución del trabajo en especie, lo que significa la obligación de efectuar un ingreso a cuenta, ingreso que se añadirá al valor de la renta en especie, salvo que su importe hubiera sido repercutido alGastosdeducibles para los autónomos. 16.15€ + Información. Disponible. Fiscalidad de los socios y administradores. Paso a paso. V.V.A.A. 17.00 6.83€ 6.49€ + Información. Notas: Fiscalidad en el IRPF de la retribución de los socios profesionales por servicios prestados «en» la sociedad + Este documento no tiene
Ensu sentencia de 27 de junio de 2023, el Tribunal Supremo concluye que: las retribuciones percibidas por los administradores de una entidad mercantil y que consten contabilizadas, acreditadas y
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